Mineduc entrega orientaciones sobre uso de instrumentos de apoyo diagnóstico Trastorno de Espectro Autista

Martes 29 de Septiembre, 2026
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Revisa el Ordinario N.° 3313 y sus orientaciones para los establecimientos educacionales.

La División de Educación General entrega orientaciones sobre el uso de instrumentos de apoyo diagnóstico del Trastorno del Espectro Autista (TEA), particularmente ADOS-2, para efectos educacionales.

El documento precisa que el diagnóstico de TEA corresponde al ámbito de la salud, mediante una evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria, y que ADOS-2 es una herramienta clínica complementaria, no un requisito único, obligatorio ni excluyente para establecer el diagnóstico.

Por ello, los establecimientos educacionales no deben exigir ADOS-2 como condición adicional para considerar antecedentes diagnósticos, implementar apoyos educativos o realizar el ingreso al Programa de Integración Escolar (PIE), proceso que debe ajustarse al Decreto Supremo N.° 170/2010.

En el ámbito educativo, el foco debe estar en identificar las necesidades de apoyo y eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación, favoreciendo la trayectoria educativa de los estudiantes.

Conoce el Ordinario N.° 3313 y revisa sus orientaciones